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CÓMO
NOS LLAMAMOS
JORGE
HORACIO GENTILE*
La
Constitución nos denomina: ”Nación”, 111 veces;
“Argentina”, “argentina”, “Argentino”,
“argentino”, en
19; 16 como “Nacional” o “nacional”; 11 como “República”;
“Estado” 9;
y 2 veces usa los términos “país”, ”patria”,
“sociedad”, “nacionalidad” y “nacionales”; que no
tienen siempre idéntico significado.
La
expresión “Nación” en muchos casos quiere decir: Sociedad
política argentina (art. 1), en otras Estado, que es parte de
la misma, y en algunas Gobierno o Estado federal, distinto de
las provincias y la ciudad de Buenos Aires. La Constitución
organiza la Sociedad y al Estado, que es su institución
fundamental, en una comunidad unida por la tradición, cultura e
historia, lo que es propiamente la Nación Argentina.
Esta
Sociedad tiene por fin al bien común o “bienestar general”
del preámbulo, un territorio, un pueblo, y un régimen político
representativo, republicano y democrático, regulado en un
Estado de Derecho presidido por la Constitución.
Los
nombres “Provincias Unidas del Río de la Plata y
“Confederación Argentina” ya no se usan, ésta última es
además incorrecta porque no somos una confederación –porque
no se permite la secesión de las provincias- sino una federación.
La Constitución dice que en la sanción de las leyes debe
usarse “Nación Argentina” (art. 84); habla de:
“Presidente (o Vicepresidente) de la Nación Argentina”
(arts. 87 y 88) o “Presidente de la República” (arts. 23 y
75 inc.21) y al referirse al “Gobierno y territorio”, a las
autoridades o la capital, indistintamernte
usa “Nación Argentina” o “República Argentina”.
“Nación” sólo para referirse al pueblo, los habitantes,
los ríos interiores, los límites, a los poderes u órganos del
gobierno federal, a los diputados, a los senadores, a los jueces
federales, el procurador general; al defensor general, a la
Auditoría General, las fuerza armadas o al delito de traición.
La persona jurídica pública es el: “Estado Nacional” (art.
129 de la Constitución y 33 inc. 1º del Código Civil).
ARGENTINA
El
nombre Argentina, del latín plateada -que alude a la riqueza
atribuída por la leyenda al ancho río descubierto por Juan Díaz
de Solís-, lo usó por primera vez el poeta Martín del Barco
Centenera en su obra: “Argentina y conquista del Río de la
Plata, con otros acaecimientos de los Reinos del Perú, Tucumán
y Estados del Brasil” (Lisboa 1602), que en la dedicatoria
dice: ”Este tratado y libro lo intitulo y nombro Argentina
tomando el nombre del sujeto principal, que es el Río de la
Plata”.
Los indígenas llamaban a estas tierras: Paraná–Guazú,
que significaba: río con mar. El capitán asunseño Ruy Diaz de
Guzmán, primer historiador de estos lares, en su “Argentina
manuscrita”, escrito en Charcas en 1666 e impreso en 1835,
repitió la denominación, como lo harán luego Francisco
Antonio Cabello en el “Telégrafo Mercantil”, Vicente Lopez
y Planes en la “Defensa de Buenos Aires “ y en el Himno
adoptado en la Asamblea del año XIII y Juan Cruz Varela en
“Al triunfo de Ituzaingó”, donde llamó al país República
Argentina.
PARTIDA
DE NACIMIENTO
La
“Junta Provisional Gubernativa de las Provincias del Río de
la Plata” dictó el decreto del 1º de setiembre de 1810 donde
habla de “Provincias Unidas del Río de la Plata”, la
Constitución de 1819 de: “Provincias Unidas en Sud América”,
desde 1835 Juan Manuel de Rosas habló de Confederación,
expresión que no modificó Justo José de Urquiza en su
Pronunciamiento (1851), ni el Acuerdo de San Nicolás ni tampoco
los proyectos de constituciones de Juan Bautista Alberdi, Pedro
de Angelis y Jose Benjamín Gorostiaga, ni “La Constitución
de la Confederación Argentina” de 1853, que es nuestra
partida de nacimiento, que lo usó en el preámbulo y en su
articulado.
En
la Convención reformadora de 1860, Buenos Aires propuso volver
a “Provincias Unidas del Río de la Plata”, lo que no se
aceptó, y se transó
con el nuevo artículo 35: ”Las denominaciones adoptadas
sucesivamente desde 1810 hasta el presente, a saber: Provincias
Unidas del Río de la Plata, República Argentina, Confederación
Argentina, serán en adelante nombres oficiales indistintamente
para la designación del Gobierno y territorio de la provincias,
empleándose las palabras Nación Argentina en la formación y
sanción de las leyes”, sin cambiar la expresión
“Confederación Argentina” por “Nación Argentina” usada
en varias parte de su texto, lo que se hizo recién al
publicarla sin autorizaciòn de nadie. La ley 12.632 ordenó
editar el texto facsimilar de la “Constitución Nacional con
sus reformas”, llamándola: “Constitución de la Nación Argentina”. En el Acuerdo con la Santa Sede
de 1966 se usó la
expresión “Estado argentino”
El
texto ordenado de la Convención de 1994 mantuvo el cambio de
“Confederación” por “Nación” –10 veces
menciona a la “Nación Argentina”-, como se la publicaba
desde 1860, lo que ratificó la ley 24.430, al ordenar “la
publicación del texto oficial de la Constitución Nacional”.
Esta Convención pudo rectificar nuestra partida de nacimiento,
unificar y dar precisión a las palabras que acompañan al bello
nombre, Argentina, con el que nos bautizó el poeta.
Córdoba,
enero de 2000.
(*)
Es profesor de derecho constitucional de las
universidades Nacional y Católica de Córdoba.
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